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Abogado Laboral. 24 hs. Consultas Online. 20 años de trayectoria. Estudio Jurídico Especializado en Derecho Laboral.
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Abogado Laboral. 24 hs. Consultas Online. 20 años de trayectoria. Estudio Jurídico Especializado en Derecho Laboral.

Nuestros  Abogados Laborales  cuentan con amplia experiencia en materia de derecho laboral. Consultas al 113028-3673. Asesoramiento y asistencia legal.

¿Cuáles son los derechos del trabajador en Argentina?

Los principales  derechos del trabajador  en nuestro país, son enumerados por el  artículo 14 bis  de la Constitución Nacional. Este garantiza la siguiente lista de protecciones básicas:

  • Condiciones justas y dignas de trabajo
  • Jornada laboral limitada
  • Vacaciones pagas,   aguinaldo  y tiempos de descanso
  • Remuneración equitativa a la tarea realizada
  • Salario mínimo, vital y móvil
  • Participación en el lucro de las empresas
  • Protección ante el  despido injustificado
  • Empleo público estable y permanente
  • Organización sindical interna autónoma del Estado
  • Derecho de huelga

¿Cuáles son los principios del derecho laboral Argentino?

Los  principios del derecho del trabajo  en nuestro país cumplen dos propósitos centrales: por un lado, suplen la posible ausencia de jurisprudencia o los vacíos legales en materia de derecho laboral. Por el otro, auxilian a los intérpretes legales en caso de discrepancias en torno al sentido de una determinada norma laboral. Los  principios del derecho laboral  más relevantes en la doctrina argentina son los siguientes:

  • Principio protectorio: supone que el  derecho laboral  debe establecer una razonable desigualdad jurídica en favor del trabajador, a modo de compensar y equilibrar la natural relación de desventaja y dependencia que mantiene con su empleador en el plano socio-económico (Art. 17 Bis, LCT).
  • Principio de progresividad: prohíbe el retroceso en el nivel de protección normativo alcanzado en favor de los trabajadores y, por el contrario, promueve su paulatino y unilateral mejoramiento. Ello con la intención de evitar la desprotección del eslabón más débil en una relación laboral como lo es, según nuestra normativa, el trabajador. Tal principio establece, por ejemplo, que ante dos normas que regulan sobre la misma materia, siempre debe utilizarse la que sea más beneficiosa para el trabajador (Art. 19, Constitución de la OIT).
  • Principio de indemnidad: supone que la integridad física o bienes de un trabajador no deben sufrir un perjuicio como consecuencia de que éste contraiga una relación laboral. Y que en caso de que ello suceda, como en el caso de un  accidente de trabajo o enfermedad profesional, el empleador o su Aseguradora (ART) debe hacerse cargo de reparar el daño causado.
  • Principio de continuidad laboral: este principio defiende y promueve la utilización del contrato de trabajo de duración permanente y continua, frente a otras formas de contratación más flexibles y transitorias, ya que considera que solo este tipo de modalidad establece una verdadera protección frente a las formas de despido improcedentes.
  • Principio de irrenunciabilidad: impide que el trabajador pueda actuar en propio perjuicio, al renunciar por propia voluntad a los derechos protectorios que emanan del contrato de trabajo al que se encuentra vinculado (excluye el caso de  renuncia voluntaria).
  • Principio de primacía de la realidad: establece la prevalencia de los aspectos prácticos y materiales propios una relación laboral por encima de los jurídicos y formales. Garantiza, por ejemplo, que en caso de tener que demostrar que un empleador incurrió en el incumplimiento de sus obligaciones, el caso se dirima en base a datos objetivos de la realidad y no únicamente en función de lo que esté acordó legalmente con su empleado.
  • Principio de gratuidad: establece el acceso irrestricto y gratuito a la justicia laboral. Por tal principio, un trabajador debe poder iniciar un  juicio laboral  y acceder al asesoramiento de un estudio de abogados laborales sin tener que asumir ningún costo, ya que la jurisprudencia considera que en tal proceso se encuentra en condiciones de desigualdad, vis a vis el empleador, a la hora de defender sus derechos.

¿Cuáles son las obligaciones del empleador?

La norma central que determina cuáles son las  obligaciones del empleador  frente a los trabajadores que contrata en relación de dependencia es la Ley de Contrato de Trabajo. Entre sus principales deberes se cuenta:

  • Abonar el  sueldo  del trabajador en tiempo y forma
  • Adoptar las medidas de  seguridad e higiene  establecidos por la normativa de riesgos del trabajo
  • Hacerse cargo de los posibles daños a la integridad física de sus empleados y/o bienes vía el sistema de  ART  o en forma asegurada.
  • Realizar las contribuciones correspondientes al sistema de seguridad social y previsional
  • Oficiar de agente de retención ante los aportes obligatorios del trabajador como, por ejemplo, a la obra social, a la jubilación, o al  impuesto a las ganancias.
  • Tener un trato cordial e igualitario con todos sus empleados
  • Entregar un certificado de trabajo, al final de la relación laboral, en la que figure los datos básicos del vínculo (tales como: la duración, las contribuciones patronales efectuadas, el pago de salario, etc.)
  • Garantizar a sus trabajadores empleo en forma permanente durante el tiempo que dure el contrato (con la excepción del trabajo por temporada)
  • Ofrecer a sus empleados las herramientas indispensables para la realización de la labor estipulada

¿Qué derechos laborales protegen a un trabajador que sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional?

En materia de riesgos del trabajo, un trabajador cuenta con los siguientes derechos:

  • Contar con un ambiente laboral regulado por las normas de  seguridad e higiene  que prevengan los siniestros laborales y reduzcan los agentes de riesgo.
  • Contar canales de comunicación adecuados para denunciar un siniestro laboral ante el empleador o su  ART  y ser asistido en forma inmediata.
  • Ser resarcido en tiempo y forma en caso de sufrir un  accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Recibir asistencia ilimitada y gratuita por el empleador o su aseguradora (ART) durante el tiempo que dure el tratamiento, frente a la dolencia generada por un siniestro laboral, hasta la fecha del alta médica.
  • Apelar el tratamiento y el grado de lesión diagnosticado por una Comisión Médica (ART), ante una contingencia laboral.
  • Rechazar la indemnización tarifada de las ART y llevar el reclamo de resarcimiento al fuero judicial (siempre y cuando se hayan agotado todas las instancias administrativas previas).

¿Qué derechos respaldan a un trabajador ante la interrupción o finalización de la relación laboral?

Frente a la finalización de una relación laboral, el trabajador cuenta con las siguientes garantías:

  • Recibir una  indemnización  acorde al incumplimiento del empleador o al siniestro laboral sufrido en el ámbito laboral.
  • Que el monto total de la indemnización obtenida refleje la suma del valor correspondiente a todos los conceptos involucrados en la  liquidación final.
  • Que la indemnización percibida por el trabajador sea correspondiente con el tipo de  despido laboral  correspondiente.
  • Que el empleador realice el pago de la liquidación final dentro de los plazos legales establecidos.
  • Obtener y enviar el  telegrama de renuncia  por el Correo Argentino en forma totalmente gratuita.
  • Recibir el aviso formal de despido mediante un telegrama laboral y dentro de los plazos de preaviso correspondientes a los años de antigüedad del trabajador.

¿Con qué derechos laborales cuenta un trabajador a la hora de iniciar un juicio laboral?

Si inició una demanda laboral, estos son los derechos que lo respaldan como trabajador:

  • Tener acceso libre y gratuito a la justicia, en caso de que se vulneren alguno de sus derechos como trabajador, y obtener una sentencia dentro de los plazos razonables.
  • Poder iniciar un reclamo laboral en sede judicial luego de completar todos los pasos correspondientes en la instancia administrativa (ART, comisiones médicas, SECLO, etc.)
  • Poder iniciar como trabajador un  juicio laboral  sin tener que asumir por ellos los costos del proceso o tener que abonar las tasas de justicia.
  • Recibir el asesoramiento de un  abogado laboral, cuyos honorarios a cobrar en caso de ganar el juicio laboral se mantengan dentro de los máximos establecidos por ley.
  • Poder ser representado ante instancias de conciliación obligatorias previas a la instancia judicial como, por ejemplo, el  SECLO.

 

 

 

 

 

 


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